La oferta más alta no es garantía de compra en el Valencia CF

Bankia, Generalitat, Fundación y Valencia CF exponen en un documento una serie de criterios no económicos para la aceptación y valoración de ofertas

Redactor Jefe | 25 MAR. 2014 | 10:01

La oferta económica de mayor importancia no tiene por qué ser la ganadora del proceso. Así lo explicaba KPMG en un documento del anterior proceso que se revocó pero que vuelve a cobrar protagonismo estos días ya que se ha filtrado otro de similar índole en el que se marcan unas pautas o criterios básicos para la aceptación y valoración de una oferta.

Tal y como avanza las Provincias en su edición de este martes, la oferta más alta no es garantía de éxito ya que la Comisión Gestora se reserva un derecho a no aceptarla si no hace referencia o se implica en puntos como los siguientes:

Suministro de información: La fecha límite sigue siendo el 31 de marzo para recibir información del proceso. El plazo para presentar todas aquellas cuestiones que tengan las empresas interesadas finaliza este martes 25 de marzo. Una visita a Mestalla o a las instalaciones del club están incluidas dentro del plazo de presentación de ofertas vinculantes.

Proceso: Tal y como ocurría en el documento presentado por KPMG en el anterior proceso, las partes se reservan el derecho de no concluir las negociaciones con el inversor en el momento que ellos quieran. Incluso aunque se haya considerado su oferta como vinculante, que debe ser válida desde su entrega hasta 45 días hábiles, hasta el recibo de una notificación de rechazo definitivo o hasta que se ejecute la compra. La oferta vinculante se entregará por correo electrónico antes del 3 de abril a las 12 horas. Además, una vez se entrega la oferta vinculante se termina el compromiso de confidencialidad respecto al contenido e identidad del inversor.

Oferta vinculante: Además de solvencia acreditada en el sector, tendrá que tener un plan económico, social y deportivo que se ajuste a lo pedido por las partes participantes en la Comisión Gestora.

Auditoria propia: Muchas son las empresas que se han interesado por el Valencia CF siempre y cuando se pueda realizar una Due Diligence propia. Con ello, el apartado VIII recoge la idea de que se pueda presentar una oferta vinculante sujeta a dicha auditoría. Habría que explicar el porqué de los ajustes y nuevas condiciones.

Precio de compra: La oferta debe incluir precio en euros de las acciones de la Fundación y de los créditos de Bankia con la Fundación y el Valencia. ​

Plan de negocios: Debe haber un plan de negocios que se pueda ejecutar inmediatamente después de la venta.

Estadio y solar de Mestalla: Qué ocurrirá con el Nuevo Mestalla es una de las incertidumbres del valencianismo. Por ello, entre las premisas de este documento se estipula que el que oferte debe explicar su propuesta con respecto al Nuevo Mestalla, solar del antiguo campo y ciudad deportiva.

Proyecto deportivo: La idea de hacer un proyecto ganador debe pasar siempre por respetar los valores del club y la cantera. Al inversor se le exige un proyecto de promoción para la cantera y un plan de marketing para mover la marca del Valencia a nivel mundial.

Plan social: Preservar los derechos de los accionistas minoritarios, promocionar la actividad de la Fundación, del fútbol femenino y del museo son otras de las exigencias del documento ratificado por las partes.​

Otros asuntos: Se deja abierta una puerta a otras consideraciones que se salgan de lo habitual.